La resolución de la Corte Suprema que confirmó el procesamiento de los dueños de la compañía volvió a poner el tema en el tapete. Cuál es la situación legal en la Argentina. El problema de contar con una norma que tiene casi 80 años y que no se actualizó acompañando el avance de la tecnología. iProfesional
En este contexto, vale recordar qué dice el artículo 71 de la referida normativa. El mismo establece que será reprimido con la pena establecida por el artículo 172 del Código Penal (tipo penal de la estafa con una condena de hasta seis años de prisión) el que de cualquier manera y en cualquier forma defraude los derechos de propiedad intelectual que reconoce la ley.
Finalmente, vale mencionar el artículo 45 del Código Penal considera partícipes necesarios a aquellos que tomasen parte en la ejecución del hecho o prestasen al autor o autores un auxilio o cooperación sin los cuales no habría podido cometerse. En otras palabras, la participación necesaria implica que los hechos no se hubieran cometido sin la intervención de quienes lo facilitaron.
En este escenario, Macarena Pereyra Rozas, socia del estudio Carranza Torres & Asociados, explicó que a pesar de que exista la norma, al no estar actualizada, esto repercute en que se genere una tendencia "a decir que en Internet no hay derechos y que si se pretende protegerlos hay censura".
En este contexto, hace pocos días, los ministros de la Corte Suprema de Justicia Ricardo Lorenzetti, Elena Highton de Nolasco, Enrique Petracchi, Juan Carlos Maqueda, Raúl Zaffaroni y Carmen Argibay rechazaron el planteo de uno de los propietarios del portal contra el envío a juicio de la causa.
A través de un comunicado, los responsables del sitio consideraron que el rechazo del máximo tribunal "no aporta novedades sustanciales" y que "siguen colaborando con la Justicia".
Además, agregaron que ya han comparecido ante el Tribunal Oral ofreciendo pruebas que no fueron valoradas y que demostrarán que el accionar de la empresa, así como también de las políticas comerciales establecidas para con sus usuarios, resulta acorde con la ley y con las pautas internacionales establecidas.
"En la Argentina, Taringa no es el único sitio con problemas legales, hay muchos buscadores y páginas que también afrontan acusaciones. Y como no hay una ley que regule la actividad de Internet, el problema puede alcanzar a todos los administradores", aseguró Hernán Botbol.
A partir de esta nueva decisión se abrió una nueva polémica. ¿La web protege el derecho de propiedad intelectual? ¿Cuál es el papel y la responsabilidad de los sitios como Taringa y de sus propietarios?
En este contexto, el fiscal Ricardo Sáenz indicó que las noticias de los casos como Cuevana y Taringa generaron un intenso debate en Argentina en torno a la vigencia de los derechos de propiedad intelectual en Internet y los supuestos límites artificiales respecto de la libertad de acceso, circulación, transmisión y distribución de la información.
"Debemos partir de la base de que los derechos de los autores son verdaderos derechos y, por tanto, deberán ser reconocidos y legitimados como tales. Y la libertad deberá ser entendida en la medida que los respete y reconozca", consideró.
"No es cierto que cualquiera puede hacer cualquier cosa. Estos sitios tienen que trabajar desde el punto de vista jurídico para lograr determinar la identidad de los usuarios infractores", coinciden los abogados consultados por iProfesional.
Al respecto, Martín Carranza Torres, socio del estudio Carranza Torres & Asociados, dijo que "en cualquier régimen constitucional todo aquél que quiera funcionar debe cumplir con las disposiciones legales".
"Acá hay un sitio comercial que vive del tráfico y que, para generarlo, facilitaba permanentemente la piratería. Proteger a la propiedad intelectual es saludable y digno, pero no lo es aquella gente que viola la ley y que después se escuda en libertarias que no tienen nada que ver", remarcó.
Entonces, señaló, la relación causal está dada por la facilitación en la descarga de contenidos violatorios de la propiedad intelectual de terceros, así como el factor de atribución.
"La imputación penal -en calidad de partícipes- de los titulares y/o administradores del sitio podría estar dada por la facilitación de los elementos tecnológicos con los cuales se cometen las infracciones sin control alguno, percibiendo los beneficios económicos por dicha actividad: dado que cuantas más visitas tiene el sitio, más ranqueado se encuentra y, por ende, existen mayores posibilidades de obtener ingresos", remarcó la especialista del estudio Carranza Torres.
"Es por ello que pareciera que las plataformas de intercambio de contenido, ya sea que el mismo se aloje en éstas o en sitios de terceros, son responsables como participación necesaria de los daños ocasionados a terceros en su carácter de facilitadores del copiado, descarga o transmisión de contenido de terceros protegidos por las normas relativas a derechos de autor", enfatizó Pereyra Rozas.
En ese sentido, concluyó que "no toda la plataforma de Taringa es violatoria de propiedadintelectual por lo que, probablemente, si considera que debe reformularse el sitio podría hacerlo. Existen numerosas plataformas de este tipo que funcionan en el plano de la legalidad".
De acuerdo con sus propietarios, el porcentaje de enlaces para descarga de archivos es menor al 4% del tráfico.